tag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post8473514492253003102..comments2018-12-27T19:11:05.606-08:00Comments on DERECHO CONSTITUCIONAL: CLASESENLINEAhttp://www.blogger.com/profile/10804977095701079802noreply@blogger.comBlogger130125tag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-12646204668217484552018-12-27T19:11:05.606-08:002018-12-27T19:11:05.606-08:00Soy Karol Jenny. Se un amante de la foto. Tengo 4 ...Soy Karol Jenny. Se un amante de la foto. Tengo 4 años de experiencia en 4.0. Tengo un blog sobre imágenes y música. Contacto: +34 931 07 06 52. Ubicación: Pasaje Santa de Felicidad, 2 , Baja Derecha, 28017 Marid, Madrid, EspañolKarol Jennyhttps://www.blogger.com/profile/12838539233507728069noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-89488280368888993352018-12-27T19:10:43.423-08:002018-12-27T19:10:43.423-08:00Este comentario ha sido eliminado por el autor.Kante Luishttps://www.blogger.com/profile/13941884064793276353noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-82912418127646293862012-09-07T09:47:04.599-07:002012-09-07T09:47:04.599-07:00CONSTITUCIÓN MEXICANA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICA...CONSTITUCIÓN MEXICANA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS <br />Artículo 78.- Durante los recesos del Congreso de la Unión habrá una Comisión <br />Permanente compuesta de 37 miembros de los que 19 serán Diputados y 18 <br />Senadores, nombrados por sus respectivas Cámaras la víspera de la clausura de <br />los períodos ordinarios de sesiones. Para cada titular las Cámaras nombrarán, de <br />entre sus miembros en ejercicio, un sustituto.<br />La Comisión Permanente, además de las atribuciones que expresamente le <br />confiere esta Constitución, tendrá las siguientes: <br />I. Prestar su consentimiento para el uso de la Guardia Nacional en los casos de <br />que habla el artículo 76 fracción IV; <br />II. Recibir, en su caso, la protesta del Presidente de la República; <br />III. Resolver los asuntos de su competencia; recibir durante el receso del <br />Congreso de la Unión las iniciativas de ley, las observaciones a los proyectos de <br />ley o decreto que envíe el Ejecutivo y proposiciones dirigidas a las Cámaras y <br />turnarlas para dictamen a las comisiones de la Cámara a la que vayan dirigidas, a <br />fin de que se despachen en el inmediato periodo de sesiones; <br />IV. Acordar por sí o a propuesta del Ejecutivo, la convocatoria del Congreso o de <br />una sola Cámara a sesiones extraordinarias, siendo necesario en ambos casos el <br />voto de las dos terceras partes de los individuos presentes. La convocatoria <br />señalará el objeto u objetos de las sesiones extraordinarias. Cuando la <br />convocatoria sea al Congreso General para que se erija en Colegio Electoral y <br />designe presidente interino o substituto, la aprobación de la convocatoria se hará <br />por mayoría; <br />V. Otorgar o negar su ratificación a la designación del Procurador General de la <br />República, que le someta el titular del Ejecutivo Federal; <br />VI. Conceder licencia hasta por sesenta días naturales al Presidente de la <br />República; <br />VII. Ratificar los nombramientos que el Presidente haga de embajadores, cónsules <br />generales, empleados superiores de Hacienda, integrantes de los órganos <br />colegiados encargados de la regulación en materia de telecomunicaciones, <br />energía y competencia económica, coroneles y demás jefes superiores del <br />Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, en los términos que la ley disponga, <br />y <br />VIII. Conocer y resolver sobre las solicitudes de licencia que le sean presentadas <br />por los legisladores.<br /><br />BIBLIOGRAFÍA<br />CONSTITUCION POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS <br />www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/78.pdf<br />http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/142/9.pdfAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/11247386778573214084noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-56326513431511958362012-09-07T09:40:37.781-07:002012-09-07T09:40:37.781-07:00ROMERO VAZQUEZ KAREN GRISSEL ...ROMERO VAZQUEZ KAREN GRISSEL 1304<br /><br />COMISIÓN PERMANENTE<br />El primer antecedente de nuestra actual Comisión Permanente, lo encontramos en la Constitución de Cádiz de 1812; después aparece un órgano similar a la comisión permanente, en 1824 con el llamado “Consejo de Gobierno” que actúa durante el receso del congreso, mas tarde, en la bases y leyes constitucionales de la República, de 1836, aparece nuevamente como “diputación permanente” hasta llegar, después de otros cambios no sustantivos, a la Constitución de 1857 en que la figura continúa, para finalmente, en la reforma del 13 de Noviembre de 1874, al reimplantarse el régimen bicameral, se establece la “Comisión Permanente” tal y como funciona en nuestros días.<br />El art. 78 de la Constitución de 1917 establece su funcionamiento durante el receso del Congreso, así como su composición.<br />Es importante destacar que no toda la actividad del Congreso es legislativa y que el “ órgano parlamentario también tiene a su cargo facultades administrativas, electorales y políticas de relevante importancia que no deben ser interrumpidas en los recesos del Congreso de la Unión y de cada una de sus Cámaras. La permanente es, en el desarrollo de esas facultades, una comisión extraordinaria del propio Congreso, cuya teología se traduce en mantener la continuidad del órgano legislativo como poder público”.<br />El precipitado numeral constitucional establece que durante los recesos del Congreso de la Unión habrá una Comisión permanente compuesta de 37 miembros, de los que 19 serán diputados y 18 senadores, nombrados por sus respectivas Cámaras la víspera de la clausura de los periodos ordinarios de sesiones, para cada titular las cámaras nombrarán de entre sus miembros en ejercicio, de un sustituto.Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/11247386778573214084noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-85500319904649853832012-09-06T18:36:29.943-07:002012-09-06T18:36:29.943-07:00Comisiones especiales
Esta se encuentran constitui...Comisiones especiales<br />Esta se encuentran constituidas con la finalidad de realizar investigaciones en los temimos que se establecen en el párrafo tercero del articulo 93 de la constitución política de los estados unidos mexicanos. También para conocer exclusivamente de una materia o para desempeñar un encargo especifico conforme a lo dispuesto por el artículo 87 de la misma ley antes mencionada, pero no cuenta con la facultad de dictaminar.<br />El acuerdo que las crea, establece su naturaleza, el plazo del cumplimiento de su objeto, nombre y número de sus integrantes, la periodicidad en la presentación de informes y la estructura u organización de su junta directiva.<br />Se extinguen por: cumplir con su objeto, por que el pleno considera concluidas sus actividades en forma anticipada o por la terminación de la legislatura e la cual se constituyeron (aunque en ocasiones se puede prolongar por propuesta de la junta) y concierne al presidente formalizar ante el pleno la declaratoria correspondiente.<br /><br />Comités del senado<br />Con base en el artículo 155 del reglamento del senado: son órganos auxiliares que son creados con el fin de coadyuvar al funcionamiento interno del senado. Estos cuentan con atribuciones diferentes a las comisiones y son: <br />Definir políticas y programas generales de trabajo, proponer normas y directrices, además de controlar y evaluar. Su creación, integración y funcionamiento así como la participación de sus integrantes es igual a las comisiones.<br />Los dos comités encargados desde supervisarlas acciones de transparencia del senado de la república son: El Comité de Garantía de Acceso y Transparencia de la Información; y el Comité de Información. Estos comités están regulados por el Acuerdo Parlamentario para la Aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de la Cámara de Senadores, el cual establece en el raticulo12 fracción I a la VII que se facultara a la Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-29615051573660939802012-09-06T18:34:53.466-07:002012-09-06T18:34:53.466-07:00MARTÍNEZ ALVA CYNTIA GIOVANNA
GRUPO: 1304
Comisio...MARTÍNEZ ALVA CYNTIA GIOVANNA<br />GRUPO: 1304<br /><br />Comisiones y comités de la cámara de senadores<br /><br />El legislativo federal mexicano se conforma por el congreso de la unión, cuya función legislativa es la de crear normas de derecho y para esto se encuentra dividida en una cámara de diputados y una cámara de senadores.<br />Este sistema bicameral permite que ambas cámaras permite que ambas cámaras participen como una asamblea única o individualmente cuando sea pertinente. Por ello el congreso de la unión tiene la facultad de representar a la nación por parte de la cámara de diputados y la de las entidades federativas por parte de la cámara de senadores.<br />Con el fin de que esta representación federal se realice con la mayor funcionalidad posible la cámara de senadores requiere de ciertos órganos que coadyuven a realizar sus diversas facultades, estableciéndose así las comisiones y coites del senado.<br />Los senadores se integran en comisiones, las cuales se dedican a un asunto en específico, con lo cual se despachan asuntos legislativos con más eficacia.<br />Cada senador pertenece a tres comisiones diferentes y pueden estar en cinco como máximo. Cada comisión elige a un presidente y dos secretarios que deben ser de diferente grupo parlamentario y estos tienen que coordinar sus trabajos; pero no pueden incorporarse a ninguna comisión aquellos que ejercen el cargo de presidente, vicepresidente y secretarios de la cámara de senadores.<br />Existen tres tipos de comisiones: ordinarias, bicamerales y especiales, además del comité de Garantía de Acceso y Transparencia de la Información.<br />Con base e el articulo 113 del Reglamento del Senado las comisiones es constituyen por mandato de la ley o por acuerdo del pleno para el adecuado cumplimiento de las atribuciones Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-7108188267124230142012-09-06T13:53:11.357-07:002012-09-06T13:53:11.357-07:00tarea 3 CARRASCO AGUAYO LUIS ENRIQUE
COMISIONES Y...tarea 3 CARRASCO AGUAYO LUIS ENRIQUE <br />COMISIONES Y COMITÉS DEL SENADO.<br />Según el reglamento del senado de la república:<br />El Senado cuenta con comisiones ordinarias y especiales que se integran <br />y funcionan en términos de la Constitución, la ley y este Reglamento.<br />Por acuerdo del Pleno las comisiones se pueden dividir en secciones; <br />éstas conservan el nombre de aquélla y se les adiciona otra denominación <br />que las distinga. Una comisión sólo se divide hasta en cinco secciones.<br />La comisión solicita la división al Pleno a través de la Junta. <br />. Los comités tienen a su cargo la gestión de tareas específi cas, distintas <br />de las asignadas a las comisiones, relativas al funcionamiento del Senado. <br />Las comisiones ordinarias elaboran dictámenes, informes y opiniones <br />respecto de los asuntos que se les turnan; y ejercen las facultades de <br />información, control y evaluación que les corresponden.<br />Las competencias de las comisiones ordinarias conciernen en lo <br />general a sus respectivas denominaciones; en su caso, corresponden <br />a las atribuidas a cada una de las dependencias y entidades de la <br />Administración Pública Federal, los órganos autónomos o cualquier otro <br />ente público según el instrumento de su creación. <br />1. Las comisiones Jurisdiccional, de la Medalla Belisario Domínguez, <br />y la de Límites de las Entidades Federativas, se rigen por la ley, este <br />Reglamento y las demás disposiciones aplicables para cada una de <br />ellas.<br />2. La Comisión de Administración, además de sus atribuciones de ley, <br />supervisa el ejercicio del gasto y presenta un informe semestral a la <br />Mesa. <br />Las comisiones especiales se constituyen para realizar investigaciones en <br />los términos del tercer párrafo del artículo 93 de la Constitución. También <br />se crean para conocer exclusivamente de una materia o desempeñar un <br />encargo específico, conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley.<br />Las comisiones especiales se crean por acuerdo del Pleno a propuesta <br />de la Junta; en ningún caso tienen facultades para dictaminar. <br />El acuerdo que las crea precisa su naturaleza, objeto y plazo de <br />cumplimiento, número y nombre de sus integrantes, la composición de su <br />Junta Directiva, así como la periodicidad para la presentación de informes<br />Las comisiones especiales se extinguen al cumplir su objeto, al considerar <br />el Pleno concluidas sus actividades de forma anticipada o, en su caso, <br />al término de la Legislatura en la cual se constituyeron. El Presidente <br />formaliza ante el Pleno la declaratoria correspondiente. Si al concluir el plazo previsto una comisión especial no ha cumplido su <br />objeto, el Pleno puede prorrogarlo a propuesta de la Junta. <br />En conclusión entiendo que las comisiones ordinarias son las que deben regir durante las funciones del senado y no pueden ser sustituibles las especiales se adecuan a la situación actual del país y tienen vigencia hasta que se cumple su objetivo.<br />bibliografía: Reglamento del Senado de la República<br /> Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.luishttps://www.blogger.com/profile/07084214800045409293noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-10348503261962128992012-09-06T13:30:22.914-07:002012-09-06T13:30:22.914-07:00ARTICULO 90.
1.Las comisiones ordinarias serán las...ARTICULO 90.<br />1.Las comisiones ordinarias serán las de:<br />I.Administración;<br />II.Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural;<br />III.Asuntos Indígenas;<br />IV.Biblioteca y Asuntos Editoriales;<br />V.Comercio y Fomento Industrial;<br />VI.Comunicaciones y Transportes;<br />VII.Defensa Nacional;<br />VIII.Derechos Humanos;<br />IX.Desarrollo Social;<br />X.Distrito Federal;<br />XI.Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;<br />XII.Energía;<br />XIII.Equidad y Género;<br />XIV.Estudios Legislativos;<br />XV.Federalismo y Desarrollo Municipal;<br />XVI.Gobernación;<br />XVII.Hacienda y Crédito Público;<br />XVIII. Jurisdiccional;<br />XIX.Justicia;<br />XX.Marina;<br />XXI.Medalla Belisario Domínguez;<br />XXII.Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca;<br />XXIII.Puntos Constitucionales;<br />XXIV.Reforma Agraria;<br />XXV.Reglamentos y Prácticas Parlamentarias;<br />XXVI. Relaciones Exteriores;<br />XXVII. Salud y Seguridad Social;<br />XXVIII.Seguridad Pública;<br />XXIX. Trabajo y Previsión Social, y<br />XXX. Turismo.<br />ARTICULO 91.<br />1.Las Comisiones contarán con un presidente y dos secretarios.<br />ARTICULO 92.<br />1. Durante su encargo, el Presidente y los Vicepresidentes de la Cámara, no formarán parte de ninguna comisión ordinaria o especial.<br />ARTICULO 93.<br />1.Las reuniones de las comisiones podrán ser públicas, cuando así lo acuerden sus integrantes. También podrán celebrar sesiones de información y audiencia a las que asistirán, a invitación de ellas, representantes de grupos de interés, asesores, peritos, o las personas que las comisiones consideren que puedan aportar conocimientos y experiencias sobre el asunto de que se trate.<br /><br /><br /><br />COMITES<br />Existen dos comités encargados de supervisar las acciones de transparencia en el senado de la republica; el comité de garantía de acceso y transparencia de la información (COGATI) y el comité de la información.<br />1ºcomité de garantía de acceso y transparencia de la información (COGATI)<br /><br />Este adopta decisiones con plena independencia y esta conformado por un legislador de cada grupo parlamentario integrante de la cámara. <br /><br />2ªcomité de la información<br /> <br />Esta integrada por los miembros de la comisión de administración del senado, y se encarga de coordinar y supervisar las acciones de la cámara en lo relativo a proporcionar la información prevista en el acuerdo parlamentario para la aplicación de la ley federal de transparencia y acceso a la información publica gubernamental en la cámara de senadores.<br />Este comité elabora y envía al COGATI los lineamientos que este expida, así como los datos necesarios para la elaboración del informe anual entre otros.<br />BIBLIOGRAFIA<br /><br />http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/rap/cont/92/pr/pr11.pdf<br />http://www.senado.gob.mx/index.php<br />http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sen&mn=1<br />http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sen&mn=2&sm=2<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/11247386778573214084noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-24648294402618612202012-09-06T13:27:16.518-07:002012-09-06T13:27:16.518-07:00ROMERO VAZQUEZ KAREN GRISSEL ...ROMERO VAZQUEZ KAREN GRISSEL 1304<br /><br />COMISIONES LEGISLATIVAS<br />El Senado cuenta para el cumplimiento de sus funciones con comisiones que trabajan en las materias de su competencia, estas cuentan con un Presidente y dos Secretarios, dentro de la integración se incorporan a senadores de los distintos grupos parlamentarios los que podrán pertenecer hasta en 5 de ellas.<br />Las reuniones podrán ser públicas y las decisiones tomadas son aprobadas por la mayoría de votos de sus integrantes.<br />Las comisiones se constituyen durante el primer mes del ejercicio de la legislatura y los Grupos Parlamentarios tendrán derecho a solicitar cambios en la adscripción de sus integrantes.<br />A propuesta de la Junta de Coordinación Política, se integran las comisiones las cuales cuentan con 15 senadores, las decisiones se toman por la mayoría de votos de sus integrantes.<br />La Cámara, cuando así se requiera, puede nombrar comisiones con carácter transitorio que conozcan exclusivamente de la materia para cuyo objeto hayan sido designadas, o para desempeñar un cargo específico.<br />También puede crear comisiones conjuntas con participación de las dos Cámaras del Congreso de la Unión que atiendan asuntos comunes.<br />Quienes permanezcan en el cargo del Presidente, Vicepresidentes de la Cámara de Senadores no podrán integrarse a ninguna comisión.<br /><br /> LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS<br />CAPITULO QUINTO<br />De las Comisiones<br />ARTICULO 85.<br />1.La Cámara de Senadores contará con el número de comisiones ordinarias y especiales que requiera para el cumplimiento de sus funciones.<br />2.Las comisiones serán:<br />a.Ordinarias: analizan y dictaminan las iniciativas de ley o decreto que les sean turnadas, así como los asuntos del ramo o área de su competencia;<br />b.Jurisdiccional: interviene en los términos de ley, en los procedimientos de responsabilidad de servidores públicos;<br />c.De investigación: las que se creen en los términos del párrafo final del artículo 93 constitucional.<br /><br /><br /><br />ARTICULO 86.<br />1.Las Comisiones ordinarias tendrán a su cargo las cuestiones relacionadas con la materia propia de su denominación y, conjuntamente con la de Estudios Legislativos, el análisis y dictamen de las iniciativas de leyes y decretos de su competencia.<br />ARTICULO 87.<br />1.Cuando lo determine la Cámara, con apego a la Constitución y a las leyes, se nombrarán comisiones con carácter transitorio para conocer exclusivamente de la materia para cuyo objeto hayan sido designadas, o desempeñar un encargo específico.<br />ARTICULO 88.<br />1.Se podrán crear también comisiones conjuntas con participación de las dos Cámaras del Congreso de la Unión para atender asuntos de interés común.<br />ARTICULO 89.<br />1.La Comisión de Estudios Legislativos conjuntamente con las otras comisiones ordinarias que correspondan, hará el análisis de las iniciativas de leyes o decretos y concurrirá a la formulación de los dictámenes respectivos. Dicha Comisión se podrá dividir en las secciones o ramas que se estime conveniente.<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/11247386778573214084noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-9640504465649164002012-09-06T12:52:21.225-07:002012-09-06T12:52:21.225-07:00ALUMNA: SALAZAR REYES BRENDA ANAHI (parte2)
COMIT...ALUMNA: SALAZAR REYES BRENDA ANAHI (parte2)<br /><br />COMITES DEL SENADO<br /> Aunque el Reglamento para el Gobierno Interno no los contempla, la Ley Orgánica los define como órganos que por disposición del Pleno auxilian a la Cámara en determinadas actividades y tienen tareas diferentes a las depositadas en las comisiones. La duración de los comités es variada, ya que depende del acuerdo por el que se formaron.<br />Existen dos comités encargados de supervisar las acciones de transparencia en el senado de la republica; el comité de garantía de acceso y transparencia de la información (COGATI) y el comité de la información.<br />*comité de garantía de acceso y transparencia de la información (COGATI)<br />Este adopta decisiones con plena independencia y esta conformado por un legislador de cada grupo parlamentario integrante de la cámara.<br />*comité de la información <br />Esta integrada por los miembros de la comisión de administración del senado, y se encarga de coordinar y supervisar las acciones de la cámara en lo relativo a proporcionar la información prevista en el acuerdo parlamentario para la aplicación de la ley federal de transparencia y acceso a la información publica gubernamental en la cámara de senadores.<br />Este comité elabora y envía al COGATI los lineamientos que este expida, así como los datos necesarios para la elaboración del informe anual entre otros.<br /><br />BIBLIOGRAFIA<br />Transparencia.senado.gob.mx<br />Gonzales, Florentino,Lecciones de derecho constitucional<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/17964825466163698007noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-27933902554806615782012-09-06T12:50:14.349-07:002012-09-06T12:50:14.349-07:00ALUMNA: SALAZAR REYES BRENDA ANAHI (parte1)
En est...ALUMNA: SALAZAR REYES BRENDA ANAHI (parte1)<br />En este trabajo abordaremos el tema de las comisiones y comités del senado, ¿Qué son? , tipos y algunos de ellos.<br /><br />COMISIONES DEL SENADO<br />En cada legislatura se forman un grupo de comisiones encargadas de asuntos en particulares para analizar las propuestas de iniciativas de ley o puntos de acuerdo, donde los senadores analizan cada iniciativa o realizan diversas actividades en particular; pueden ser de distintos tipos:<br /><br />*Comisiones ordinarias o permanentes: de acuerdo con la propia Ley Orgánica, son aquellas que se mantienen de legislatura a legislatura; actualmente treinta y ocho. Las comisiones ordinarias se regulan en el artículo 39, numeral 2, de esta ley y en el artículo 65 del Reglamento para el Gobierno Interno del Congreso General.<br />La integración de los distintos tipos de comisiones sigue los siguientes lineamientos:<br />Las comisiones se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la legislatura; el número máximo de miembros de la comisión es de treinta diputados; el tiempo de encargo de sus integrantes será por el término de la misma; los diputados no pueden pertenecer a más de tres comisiones ordinarias (no se cuentan las comisiones jurisdiccional y de investigación); para su integración se debe tomar en cuenta el criterio de proporcionalidad, es decir, las comisiones deben reflejar la proporción existente de los Grupos Parlamentarios; cuando la Junta postule a los diputados que presidirán y fungirán como secretarios debe tomar en cuenta los antecedentes y la experiencia legislativa de los legisladores; y por último, los integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara no pueden formar parte de ninguna comisión<br /><br />*Comisiones permanentes con tareas específicas: como su nombre lo indica, tienen tareas y características que las diferencían a las ordinarias. En la Ley Orgánica del Congreso General se consignan en el artículo 40, numeral 2 al 5, y son: Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, Comisión del Distrito Federal, Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y Comisión Jurisdiccional.<br />La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias se integra por los veinte diputados con más larga experiencia legislativa y tiene cuatro funciones específicas relacionadas con la regulación de las actividades dentro del Congreso.<br />Estas comisiones, con algunas excepciones como el número de sus miembros, tienen las mismas características que las comisiones ordinarias, pero sus funciones son más precisas que las de las ordinarias<br /><br />*Comisiones de Investigación: tienen carácter transitorio y pueden estar o no previstas en la ley. Estas se pueden formar a petición de una cuarta parte de los Diputados y tienen como fin investigar el funcionamiento de áreas o programas específicos de la administración pública. Los resultados de las investigaciones se deben dar a conocer al Ejecutivo Federal.<br /><br />*Comisiones especiales: Se integran para cumplir con asuntos determinados por el pleno de la Cámara y, al igual que las comisiones de investigación tienen carácter de transitorias.<br /><br />*Comisiones conjuntas o bicamerales: Éstas se forman por miembros de ambas cámaras del Congreso de la Unión. Las comisiones bicamerales que actualmente existen en el Congreso son: el Canal de Televisión del Congreso y el Sistema de Bibliotecas.<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/17964825466163698007noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-35501362433437915562012-09-06T09:03:11.264-07:002012-09-06T09:03:11.264-07:00continuación tarea 3 Vidal Santos Jenifer
El sena...continuación tarea 3 Vidal Santos Jenifer<br /><br />El senado también cuenta con dos comités importantes:<br /> Comité de garantía de acceso y transparencia de la información (COGATI). Ésta adopta decisiones con independencia y está conformado por un legislador de cada Grupo Parlamentario integrante de la Cámara. Conoce y resuelve los Recursos de Revisión, establece criterios de clasificación, desclasificación y custodia de la información reservada y confidencial (Artículo 17, fracción I, II, III, IV, V, VI y VII del Acuerdo Parlamentario para la Aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de la Cámara de Senadores).<br /> Comité de información. Está integrado por los miembros de la Comisión de Administración del Senado, coordina y supervisa las acciones de la cámara para proporcionar información prevista en el Acuerdo Parlamentario para la aplicación de Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental en la Cámara de Senadores, elabora y envía al COGATI los lineamientos expedidos y datos necesarios para la información del informe anual. (Artículo 12, fracción I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII del citado Acuerdo Parlamentario).<br />Conclusión<br />Las comisiones y comités del Senado son de suma importancia, ya que constituyen el origen legislativo del Congreso, puesto que en ellas se discuten primariamente todos los proyectos de ley y reformas de las diversas legislaciones, además son de gran importancia para la marcha de nuestra nación y es por ello que éstas evolucionan con la realidad social.<br />Bibliografía<br />Acuerdo Parlamentario para la Aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de la Cámara de Senadores.<br />Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.<br />http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/rap/cont/92/pr/pr11.pdf<br />Jenny Santoshttps://www.blogger.com/profile/04019496144021112840noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-82446150289022481842012-09-06T09:02:24.159-07:002012-09-06T09:02:24.159-07:00Alumna: Vidal Santos Jenifer TAREA 3
COMISIONES Y ...Alumna: Vidal Santos Jenifer TAREA 3<br />COMISIONES Y COMITÉS DEL SENADO<br />Introducción<br />Para el despacho de los asuntos legislativos, los Senadores se integran en comisiones que se dedican a un asunto en particular. Las comisiones más importantes son las de Gobernación y Puntos Constitucionales, Defensa Nacional, Contaduría Mayor de Hacienda y Concordia y Pacificación en Chiapas. Cada Senador pertenece a tres comisiones diferentes, donde se elige un Presidente y dos secretarios que coordinan sus trabajos.<br />Desarrollo<br />El Senado cuenta con comisiones ordinarias y especiales y algunas otras de carácter transitorio. En el artículo 87 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos dice que la Cámara de Senadores podrá aumentar o disminuir el número de las comisiones o subdividirlas en los ramos necesarios, según lo crea conveniente o lo exija el despacho de los negocios. En el artículo 79, se establece que serán comisiones especiales la jurisdiccional y las que se constituyan en los términos del artículo 76 de la Constitución General. Las comisiones cuentan con un Presidente, un secretario y vocales que autorice la Cámara (art. 83 Ley Orgánica); el Presidente, Vicepresidente y Secretarios no pueden actuar en ninguna comisión durante su cargo (art. 84), tomarán sus decisiones por mayoría de votos y el presidente tiene voto de calidad en caso de empate (art. 86), las comisiones deben seguir funcionando durante el receso del Congreso (art 88).<br /> Comisión Permanente. Comisión extraordinaria del propio Congreso, cuya teleología se traduce en mantener la continuidad del órgano legislativo como poder público. Durante los recesos del Congreso habrá una comisión permanente compuesta por 37 miembros, de los que 19 serán diputados y 18 senadores, nombrados por sus respectivas cámaras la víspera de la clausura de los períodos ordinarios de sesiones, para cada titular, las cámaras nombrarán de entre sus miembros en ejercicio, un sustituto. Dentro de ésta comisión mencionaré solo algunas: Administración, Agricultura y ganadería, silvicultura y recursos hidráulicos, biblioteca e informática, asuntos editoriales, comercio, fomento industrial, comunicaciones y transporte, defensa nacional, Derechos Humanos, etc.<br /> Comisiones especiales. Destacan corrección y estilos, energéticos, fomento agropecuario, planeación del desarrollo económico, asuntos del pacto federal, asuntos fronterizos zona norte y zona sur, asistencia social, subcomisión de asistencia a la mujer, asuntos indígenas, asuntos migratorios, etc.<br /> Comisiones especiales transitorias. Aquí se encuentran de diálogo, conciliación y paz en el Estado de Chiapas; caso Luis Donaldo Colosio Murrieta y caso Francisco Ruiz Massieu.<br /><br />Jenny Santoshttps://www.blogger.com/profile/04019496144021112840noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-38452371932900587602012-09-05T22:03:46.605-07:002012-09-05T22:03:46.605-07:00ROCHA MORALES EREIDY
Los Secretarios del Gobierno ...ROCHA MORALES EREIDY<br />Los Secretarios del Gobierno de los Estados y del Distrito Federal, los Magistrados y Jueces Federales o del Estado o del Distrito Federal, así como los Presidentes Municipales y titulares de algún órgano político-administrativo en el caso del Distrito Federal, no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones, si no se separan definitivamente de sus cargos noventa días antes del día de la elección;<br />VI. No ser ministro de algún culto religioso, y <br />VII. No estar comprendido en alguna de las incapacidades que señala el artículo 59. <br />Artículo 56. <br />Para integrar la Cámara de Senadores, en cada Estado y en el Distrito Federal se elegirán cuatro senadores, de los cuales tres serán electos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Para cada entidad federativa, los partidos políticos deberán registrar una lista con tres fórmulas de candidatos. <br />La senaduría de primera minoría le será asignada a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate. <br />La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad, en elección directa, cada seis años. <br />Artículo 57. <br />Por cada senador propietario se elegirá un suplente<br /><br />BIBLIOGRAFÍA<br />QUIROZ, ACOSTA ENRIQUE, LECCIONES DE DERECHO CONSTITUCIONAL, EDITORIAL PORRUA, 2010.<br />CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS<br />ESTATUTO DE LA ORGANIZACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA Y DEL SERVICIO DE CARRERA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS<br />www.congreso.gob.mxAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/15506979529628760674noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-42022186460726208702012-09-05T22:02:46.297-07:002012-09-05T22:02:46.297-07:00ROCHA MORALES EREIDY
FORMAS DE ELECCIÓN DE SENADOR...ROCHA MORALES EREIDY<br />FORMAS DE ELECCIÓN DE SENADORES<br />INTRODUCCIÓN<br />La integración de la Cámara de Senadores, de acuerdo con el artículo 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la siguiente:”La Cámara de Senadores se integrara por ciento veintiocho senadores, de los cuales, en cada estado y en el distrito federal, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Para estos efectos, los partidos políticos deberán registrar una lista con dos formulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será asignada a la formula de candidatos que encabece la lista del partido político que, por si mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate.<br />Los treinta y dos senadores restantes serán elegidos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional. La ley establecerá las reglas y formulas para estos efectos.<br />La Cámara de senadores se renovará en su totalidad cada seis años.<br /><br /><br /><br />Formas de selección de senadores<br />Introducción: La cámara de senadores so compone de 128 personas electas cada 6 años y está establecido en los artículos 56 a 58 de la constitución mexicana, cada uno de los estados y el distrito federal elije a 2 senadores más uno que se le otorga a la primera minoría son elegidos de acuerdo con el principio de la representación proporcional<br />Desarrollo:<br />Artículo 55. <br />Para ser senador se requieren los siguientes requisitos: <br />I. Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos. <br />II. Tener 30 años cumplidos el día de la elección; <br />III. Ser originario del Estado en que se haga la elección; o vecino de él con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de ella. <br />Para poder figurar en las listas de las circunscripciones electorales plurinominales como candidato a diputado, se requiere ser originario de alguna de las entidades federativas que comprenda la circunscripción en la que se realice la elección, o vecino de ella con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha en que la misma se celebre. <br />La vecindad no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos públicos de elección popular; <br />IV. No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía o gendarmería rural en el Distrito donde se haga la elección, cuando menos noventa días antes de ella; <br />V. No ser titular de alguno de los organismos a los que esta Constitución otorga autonomía, ni ser Secretario o Subsecretario de Estado, ni titular de alguno de los organismos descentralizados o desconcentrados de la administración pública federal, a menos que se separe definitivamente de sus funciones 90 días antes del día de la elección<br /><br />No ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ni Magistrado, ni Secretario del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ni Consejero Presidente o Consejero Electoral en los consejos General, locales o distritales del Instituto Federal Electoral, ni Secretario Ejecutivo, Director Ejecutivo o personal profesional directivo del propio Instituto, salvo que se hubieren separado de su encargo, de manera definitiva, tres años antes del día de la elección.<br /><br />Los Gobernadores de los Estados y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos.<br /><br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/15506979529628760674noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-36940768451456676692012-09-05T21:54:51.665-07:002012-09-05T21:54:51.665-07:00Luis Antonio García Ayala
FORMAS DE ELECCION DE ...Luis Antonio García Ayala<br /><br /><br />FORMAS DE ELECCION DE SENADORES<br /><br />El poder legislativo mexicano, tradicionalmente y salvo algunos periodos ah tenido ah tenido dos cámaras: la de Diputados y la de Senadores. El fundamento legal de esta división se encuentra plasmado en el artículo 50 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).<br />La CPEUM dispone la organización bicameral del Poder Legislativo en su artículo 50, en el que establece que el Congreso se dividirá en Cámara de Diputados y Cámara de Senadores. La Cámara de Diputados tiene mayor injerencia en los procedimientos que tienen con el llamado poder “en la bolsa”, como la aprobación de presupuesto, y el Senado tiene a su cargo un importante número de nombramientos de altos cargos públicos, por lo que se dice que existe un equilibrio o simetría entre las funciones y responsabilidades de ambas cámaras.<br />Algunos especialistas señalan que la división del Congreso en dos cámaras contribuye al fortalecimiento del ejecutivo en un sistema presidencial como el mexicano. Sobre este punto. <br />La integración de la Cámara de Senadores<br />De acuerdo al artículo 56 de la constitución, la Cámara de Senadores se integra por 128 senadores de los cuales, para cada estado y para el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de mayoría relativa y uno más será asignado a la llamada “primera minoría”. Para este efecto, los partidos políticos deberán registrar una lista con dos formulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será asignada a la formula de candidatos que encabece la lista del partido político que haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate.<br />Los treinta y dos senadores son elegidos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional. La Cámara de Senadores se renueva en su totalidad cada seis años. Para ser senador se requieren los mismos requisitos que para ser diputado, excepto el de la edad, que es de 25 años cumplidos el día de la elección.<br />Ni senadores ni diputados pueden ser reelectos para el periodo inmediato. Los senadores y diputados suplentes podrán ser reelectos para el periodo inmediato con el carácter de propietarios, siempre que hubieren estado en ejercicio. Los senadores y diputados propietarios no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes.<br /><br /><br />http://books.google.com.mx/books?id=NZX1Ny3PwpAC&printsec=frontcover&hl=es#v=onepage&q&f=false<br />luis antoniohttps://www.blogger.com/profile/11646635389539059826noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-39988315770758421242012-09-05T21:53:16.446-07:002012-09-05T21:53:16.446-07:00Luis Antonio García Ayala
ORGANIZACIÓN ADMINISTAR...Luis Antonio García Ayala<br /><br />ORGANIZACIÓN ADMINISTARTIVA DE LA CAMARA D DIPUTADOS<br /><br />El sistema de comisiones ordinarias fue adoptado en México en el siglo XX como un arreglo institucional para distribuir, agilizar y desarrollar las capacidades legislativas en pequeños órganos especializados. La lógica de este sistema radica en que “crea incentivos para que sus miembros se concentren en determinados asuntos y desarrollen habilidades y conocimientos relacionados con la jurisdicción de sus comisiones. El aspecto fundamental de las comisiones ordinarias de La Cámara de Diputados es que son órganos con carácter permanente en ellas durante todo el periodo que dura la legislatura.<br /><br />La estructura interna de La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión esta prevista en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (LOCGEUM), la cual data de 1979. El máximo poder de decisión de La Cámara de Diputados lo tiene el pleno de La Asamblea. Esto quiere decir que todos los proyectos legislativos, así como algunas decisiones que requieren de la aprobación con una mayoría calificada, deben ser discutidos en sesión plenaria.<br />Estructura político-administrativa de la Cámara de Diputados<br />El pleno de la Cámara de Diputados representa la máxima autoridad de esta legisladora y se integra por los 300 diputados de mayoría o uninominales y los 200 de representación proporcional o plurinominales. Los Diputados deben presentar para su discusión y eventual aprobación los distintos asuntos que les tañen, ya sean inactivas de ley ó de reforma, puntos de acuerdo en una sesión ordinaria o extraordinaria.<br />El Pleno de la Asamblea es responsable de elegir en su sesión de instalación a la Mesa Directiva y a su presidente; es decir, el representante de la Cámara de Diputados. La presidencia de La Mesa Directiva cambiara cada año en caso de de que ningún partido político cuente con una mayoría absoluta en la Cámara de Diputados. En caso de haber una mayoría absoluta de un partido, el presidente quedara en funciones durante tres los años de La Legislatura. La Mesa Directiva está conformada además por 6 secretarios, y su integración debe reflejar la correlación de fuerzas políticas en el congreso. Su función concreta es conducir las sesiones de la Cámara de Diputados y asegurarse de que los debates, discusiones y votaciones en el Pleno se realicen conforme a derecho y de manera ordenada.<br /><br /><br />Las comisiones de la Cámara de Diputados<br />La junta de Coordinación Política es la responsable de proponer al pleno, en un plazo no mayor de un mes después de la instalación del Congreso, la integración de las comisiones. Las comisiones pueden ser ordinarias, especiales y de investigación. De acuerdo con la Ley Orgánica del Congreso de la Unión, las comisiones ordinarias son órganos que atreves de la elaboración de dictámenes, informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara cumpla con sus atribuciones constitucionales y legales. La Mesa Directiva de una comisión ordinaria puede integrarse hasta por seis miembros y puede contar con un máximo de treinta integrantes, quienes duraran en el encargo hasta el término de la Legislatura.<br /><br />Cuadernos del Seguimiento del Poder Legislativo en México<br />David Lozano, Juan Antonio Cepeda y Melissa Ortiz<br />Mono Comunicación S.A. de C.V.<br /><br />http://books.google.com.mx/books?id=NZX1Ny3PwpAC&pg=PA18&lpg=PA18&dq=organizacion+administrativa+de+la+camara+de+diputados+en+mexico+unam&source=bl&ots=S6xUcaf4Ko&sig=NGUgPkKF2b2J3OauUO8xTbtz030&hl=es-419&sa=X&ei=D-1HUPKBCrCE2QXbr4HQDQ&ved=0CCsQ6AEwAA#v=onepage&q&f=false<br /><br />luis antoniohttps://www.blogger.com/profile/11646635389539059826noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-21534537242625094152012-09-05T21:36:19.700-07:002012-09-05T21:36:19.700-07:00ALUMNA: SALAZAR REYES BRENDA ANAHI
*FORMA DE ELECC...ALUMNA: SALAZAR REYES BRENDA ANAHI<br />*FORMA DE ELECCION A SENADORES<br />Con la nueva Constitución de 1917, la Cámara de Senadores se compondría de dos miembros por cada estado y dos por el Distrito Federal, nombrados en elección directa. La Legislatura de cada estado era quien declaraba electo al que hubiere obtenido la mayoría de los votos emitidos. Asimismo, por cada Senador propietario, se elegía a un suplente. El periodo de ejercicio de los senadores era de cuatro años. La Cámara de Senadores se renovaba por mitad cada dos años.<br />Posteriormente, en 1933 fue introducida una ampliación al periodo del encargo de los senadores, para quedar en seis años. En 1986 se reformó la Constitución para establecer que la Cámara de Senadores se compondría de dos miembros por cada Estado y dos por el Distrito Federal, nombrados en elección directa. La Cámara se renovaría por mitad cada tres años.<br />Mas tarde, en 1993 se daría otra reforma que consideró una nueva conformación del Senado de la República, éste se integraría con cuatro senadores de cada estado y el Distrito Federal, de los cuales tres serían electos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno sería asignado a la primera minoría.<br />En 1996 con la reforma Constitucional se dio una nueva conformación a la Cámara de Senadores, misma que rige hasta nuestros días. Actualmente, el Senado se integra por 128 senadores, de los cuales, en cada estado y en el Distrito Federal, dos son elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno es asignado a la primera minoría.<br />Los 32 senadores restantes son elegidos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional. Además, se conserva la disposición de renovar al Senado de la República en su totalidad cada seis años.<br />En conclusión podemos observar como estos temas son muy necesarios para nuestra formación pues debemos estar enterados de como han sufrido cambios tanto la organización administrativa dela cámara de diputados y la forma de elección a senadores , es decir, el como ah llegado a lo que ahora son y a llevar sus procedimientos de la actual forma.<br />*BIBLIOGRAFIA<br />Curso de derecho constitucional; Fiske, John<br />Derecho constitucional; Carpizo, Jorge y Madrazo, Jorge<br />Derecho constitucional; Ruiz, Eduardo<br />Manual general de organización de la cámara de diputados.<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/17964825466163698007noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-65548106702234373582012-09-05T21:34:07.983-07:002012-09-05T21:34:07.983-07:00FORMAS DE ELECCIÓN DE SENADORES.
INTRODUCCIÓN.
Des...FORMAS DE ELECCIÓN DE SENADORES.<br />INTRODUCCIÓN.<br />Desde 1874 se cuenta con un congreso bicameral en México. A lo largo de su creación se ha generado un cambio en cuanto a la elección de senadores, se eliminó el derecho que tenían las legislaturas a nombrarlos; 1874 se establece una elección indirecta en primer grado; a partir de 1917, ellos al igual que los diputados son electos directamente por la ciudadanía por lo tanto dejan de ser nombrados. Ha lo lago de la historia el periodo de ejercicio que han mantenido ha sufrido cambios muy importantes como que en un principio permanecían en el poder 4 años, después se cambio a 6 años. También en 1993 se redujo el quorum del senado de dos terceras partes a más de la mitad.<br />DESARROLLO.<br />La Cámara de Senadores se integra por un total de 128 miembros elegidos a través de un sistema mixto segmentado en el que una parte se elige a través de una fórmula de mayoría y la otra a través de una fórmula proporcional pero que, a diferencia del aplicable a la Cámara de Diputados, no tiene ningún mecanismo de interrelación entre ambos componentes, es decir, operan de manera independiente. <br />En cada una de las 32 entidades federativas se eligen tres senadores. Los partidos políticos deben registrar una lista con dos fórmulas de candidatos. Dos de los escaños se asignan por el principio de mayoría relativa, es decir, le corresponden al partido que haya obtenido el mayor número de votos, en tanto que el tercero se asigna por el principio de primera minoría, esto es, al partido que haya obtenido la segunda mayor votación.<br />Los 32 senadores restantes son elegidos por el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional. Para su asignación, la ley dispone que se utilice la fórmula de proporcionalidad pura (cociente natural y resto mayor).<br />Como ya se ha indicado, los senadores y diputados suplentes pueden ser elegidos para el periodo inmediato con carácter de propietarios, siempre que no hubieren estado en ejercicio, pero los senadores y diputados propietarios no pueden ser elegidos para el periodo inmediato con carácter de suplentes.<br />Artículo 56. La Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho senadores, de los cuales, en cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Para estos efectos, los partidos políticos deberán registrar una lista con dos fórmulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será asignada a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate. <br />Los treinta y dos senadores restantes serán elegidos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional. La ley establecerá las reglas y fórmulas para estos efectos. La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años.<br />CONCLUSIONES.<br />En México durante el periodo de elecciones para los Senadores es el menos difundido, las propuestas son muy escazas y su política es poco clara. Es necesario que a través de las diversas formas de elección para ser representados tengan mayor claridad en su mensaje ya que la mayoría de las veces somos representados sin siquiera estar enterados de quién nos representa.<br />BIBLIOGRAFÍA.<br />• http://www.ife.org.mx/docs/IFE-v2/CNCS/CNCS-25Preguntas/CNCS-faq-docs/2-RegimenElectMex-nov2009.pdf<br />• TENA, Ramírez Felipe, Derecho Constitucional Mexicano, ed. Porrúa, México 1999.<br />• López Betancourt Eduardo, Derecho Constitucional, Iure Editores,Mexico ,2009<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/17552288842781367844noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-51874626163851760042012-09-05T21:31:47.481-07:002012-09-05T21:31:47.481-07:00Este comentario ha sido eliminado por el autor.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-55065610235589470252012-09-05T21:31:16.121-07:002012-09-05T21:31:16.121-07:00ALUMNA: SALAZAR REYES BRENDA ANAHI
(al parecer no ...ALUMNA: SALAZAR REYES BRENDA ANAHI<br />(al parecer no se subio la 1ra parte)<br />En esta ocasión abordaremos dos temas muy interesantes en nuestra materia que es derecho constitucional, es importante tener conocimientos acerca de estos temas puesto que se trata de los representantes de nuestro país, además que es un tema de suma importancia en nuestra carrera; a los temas a los que hacemos mención son precisamente la organización administrativa de la cámara de diputados y la forma de elección a senadores.<br /><br />*ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS<br />Para atender a sus aspectos administrativos de la cámara esta contaba con tres comités: de administración, de biblioteca y el de asuntos editoriales, sus integrantes eran designados por el pleno a propuesta de la gran comisión.<br />Los servicios parlamentarios administrativos y financieros estaban a cargo de una oficialía mayor y de una tesorería. Durante la LV legislatura, con el objeto de fortalecer las funciones y el desempeño de las áreas administrativas, la presidencia de la gran comisión autorizo el 5 de mayo de 1994 el “manual de organización de las áreas administrativas en apoyo al proceso legislativo de la H. cámara de diputados” en este documento se dispone la creación de la contraloría general, para propiciar el optimo aprovechamiento de los recursos de la institución.<br />En el manual de organización citado, quedo definida la organización interna de la cámara de la siguiente manera: <br />A la tesorería general se le adscribieron la dirección general de finanzas, la dirección general se adscribieron la dirección general de finanzas, la dirección general de programación y presupuesto y la coordinación financiera del programa de reconstrucción, la contraloría general quedo integrado con dos subcontralorias: la de auditoria financiera y la auditoria administrativa.<br />También se asumió proponer el proyecto de presupuesto anual de la cámara y la designación del oficial mayor y del tesorero que anteriormente correspondían a la gran comisión.<br />Derivado de lo anterior y de la nueva organización políticaAnonymoushttps://www.blogger.com/profile/17964825466163698007noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-55393405480174292692012-09-05T21:27:20.669-07:002012-09-05T21:27:20.669-07:00Tarea 2 y Conclu. Rodriguez Rivera Abraham
Forma ...Tarea 2 y Conclu. Rodriguez Rivera Abraham<br /><br />Forma de Elección de Senadores<br />El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso General, que se dividirá en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores. Las elecciones de Senadores Se eligen a 128 de la siguiente manera:<br />La Cámara de Senadores se integrará por 128 senadores, de los cuales, en cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán electos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Los 32 senadores restantes serán elegidos por el principio de representación proporcional, votados en una sola circunscripción plurinominal nacional.<br /><br />La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años. <br /><br />Para cada entidad federativa, los partidos políticos deberán registrar una lista con dos fórmulas de candidatos a senadores. La senaduría de primera minoría le será asignada a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate. Asimismo deberán registrar una lista nacional de 32 fórmulas de candidatos para ser votada por el principio de representación proporcional.<br /> Con esto nos podemos dar cuenta que se requiere de una organización detallada de la cámara de diputados para que esta pueda cumplir con todas las funciones que le son asignadas y de esta manera no exista problema alguno en cuanto a su funcionamiento, mientras que también es de vital importancia saber de que manera son elegidos nuestros Senadores ya que si bien no se les considera representantes del Pueblo como tal y más bien del estado, son de Vital importancia para la toma de decisiones de Nuestro País.<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/13665162125997725271noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-88410857636374840182012-09-05T21:27:13.996-07:002012-09-05T21:27:13.996-07:00carcamo gomez miguel angel
CONCLUSIONES
La cámar...carcamo gomez miguel angel<br /><br />CONCLUSIONES<br /> La cámara de diputados es el órgano que se encarga de representar a la nacion y es importante conocer cada una de sus funciones, como se integra y saber que órganos se encargan de auxiliarla para que pueda llevar a cabo sus cometidos.<br /> En la Cámara de Diputados, diversas son las actividades que se llevan a cabo con la finalidad de apoyar y complementar los trabajos políticos y legislativos de sus integrantes. <br />BIBLIOGRAFIA<br /> *Carpizo, Jorge, DERECHO CONSTITUCIONAL, Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM, México, 1991, pág. 78<br /> *ESTATUTO DE LA ORGANIZACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA Y DEL <br />SERVICIO DE CARRERA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS<br /> Conclusiones<br /> Como mencionaba anteriormente al igual que los senadores son de suma importancia ya que los diputados son los que representan al pueblo, al igual que los senadores una de sus principales funciones es crear , derogar , reformar leyes así como ayudar a los ciudadanos en el trámite de sus asuntos ante las diversas instancias de la administración pública.<br /> <br />Bibliografía<br /> http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/rap/cont/92/pr/pr9.pdf<br /> http://www.diputados.gob.mx/cedia/sia/dir/DIR-ISS-14-07.pdf<br /> http://www3.diputados.gob.mx/camara/004_transparencia/000_canales_principales/002_camara_de_diputados/00_estructura<br /> http://www.diputados.gob.mx/sia/coord/pdf/coord-iss-08-05.pdf<br /> http://www.miguelcarbonell.com/libros/constitucion_reforma_constitucional_y_fuentes_del_derecho.shtml<br /><br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/16480889609070785777noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-88983999871715683272012-09-05T21:25:22.975-07:002012-09-05T21:25:22.975-07:00carcamo gomez miguel angel
Organización administr...carcamo gomez miguel angel<br /><br />Organización administrativa de la Cámara de Diputados<br /> Introducción<br /> La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (simplemente denominada Cámara de Diputados) es la cámara baja del Congreso de la Unión. Se compone de representantes de la Nación, que son 500 diputados electos en su totalidad cada tres años, por cada uno de los cuales se elige además un suplente. Su sede es el Palacio Legislativo de San Lázaro.<br /> La Cámara de Diputados está integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados que son electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales, votadas en 5 circunscripciones plurinominales.<br /> La demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales les será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, ningún estado puede tener menos de dos Distritos electorales uninominales.<br /> La elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas regionales, se sujeta a las bases y reglas que disponga la ley.<br /> Desarrollo<br /> Artículo 6.- Para la coordinación y ejecución de las tareas que permitan el mejor cumplimiento de sus funciones constitucionales y la atención eficiente de sus necesidades administrativas y financieras, la Cámara cuenta con los siguientes órganos: <br />I. Secretaría General. <br />II. Secretaría de Servicios Parlamentarios, a la cual quedarán adscritas: ESTATUTO DE LA ORGANIZACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA Y DEL SERVICIO DE CARRERA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS <br />Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión <br />Secretaría General<br /> Secretaría de Servicios Parlamentarios <br />Dirección General de Bibliotecas<br /> Dirección de Asistencia a la Presidencia de la Mesa Directiva. <br />Dirección de Servicios a la Sesión. <br />Dirección de Comisiones y Comités.<br />Dirección del Diario de los Debates. <br />Dirección del Archivo. <br />Dirección de Bibliotecas. <br />Centro de Estudios de las Finanzas Públicas. <br />Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias. <br />Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública. <br />III. Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros, a la cual quedarán adscritas: <br />Dirección de Recursos Humanos. <br />Dirección de Tesorería. <br />Dirección de Recursos Materiales. <br />Dirección de Servicios Generales y de Informática. <br />Dirección Jurídica. <br />Dirección de Seguridad. <br />Dirección de Servicios Médicos y de Atención a Diputados. <br />IV. Coordinación de Comunicación Social. <br />V. Unidad de Capacitación y Formación Permanente, conforme a lo dispuesto en el Título Tercero de este Estatuto.<br /> Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/16480889609070785777noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-5135790769320094298.post-46128466445262045032012-09-05T21:24:44.506-07:002012-09-05T21:24:44.506-07:00ALUMNA: SALAZAR REYES BRENDA ANAHI
*FORMA DE ELEC...ALUMNA: SALAZAR REYES BRENDA ANAHI<br /><br />*FORMA DE ELECCION A SENADORES<br /><br />Con la nueva Constitución de 1917, la Cámara de Senadores se compondría de dos miembros por cada estado y dos por el Distrito Federal, nombrados en elección directa. La Legislatura de cada estado era quien declaraba electo al que hubiere obtenido la mayoría de los votos emitidos. Asimismo, por cada Senador propietario, se elegía a un suplente. El periodo de ejercicio de los senadores era de cuatro años. La Cámara de Senadores se renovaba por mitad cada dos años.<br />Posteriormente, en 1933 fue introducida una ampliación al periodo del encargo de los senadores, para quedar en seis años. En 1986 se reformó la Constitución para establecer que la Cámara de Senadores se compondría de dos miembros por cada Estado y dos por el Distrito Federal, nombrados en elección directa. La Cámara se renovaría por mitad cada tres años.<br />Mas tarde, en 1993 se daría otra reforma que consideró una nueva conformación del Senado de la República, éste se integraría con cuatro senadores de cada estado y el Distrito Federal, de los cuales tres serían electos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno sería asignado a la primera minoría.<br />En 1996 con la reforma Constitucional se dio una nueva conformación a la Cámara de Senadores, misma que rige hasta nuestros días. Actualmente, el Senado se integra por 128 senadores, de los cuales, en cada estado y en el Distrito Federal, dos son elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno es asignado a la primera minoría.<br />Los 32 senadores restantes son elegidos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional. Además, se conserva la disposición de renovar al Senado de la República en su totalidad cada seis años.<br />En conclusión podemos observar como estos temas son muy necesarios para nuestra formación pues debemos estar enterados de como han sufrido cambios tanto la organización administrativa dela cámara de diputados y la forma de elección a senadores , es decir, el como ah llegado a lo que ahora son y a llevar sus procedimientos de la actual forma.<br />*BIBLIOGRAFIA<br />Curso de derecho constitucional; Fiske, John<br />Derecho constitucional; Carpizo, Jorge y Madrazo, Jorge<br />Derecho constitucional; Ruiz, Eduardo<br />Manual general de organización de la cámara de diputados.<br />Anonymoushttps://www.blogger.com/profile/17964825466163698007noreply@blogger.com