domingo, 2 de septiembre de 2012

GOBIERNO MEXICANO (3a. parte) PODER EJECUTIVO FEDERAL

a) Poder ejecutivo federal. El poder se deposita en un individuo denominado presidente de los Estados Unidos Mexicanos, es electo popularmente para desempeñar el cargo por un periodo de 6 años. Por ningún motivo podrá ser reelecto.

b) Facultades ordinarias. Las comprendidas en el art. 89.

c) Facultades extraordinarias. Las estipuladas en lols artículos 29 y 131.


CONGRESO DE LA UNIÓN. REGLAS DE INSTALACIÓN

Cámara de diputados. 500 integrantes. Duran en su cargo 3 años.
Cámara de senadores. 128 integrantes. Duran en su cargo 6 años.

Antes de iniciar sesiones se da la bienvenida, se toma protesta del cargo y se designa a la mesa directiva.
El 1o. de octubre inicia el periodo de sesiones.

Sesiones Ordinarias: 1o. de octubre al 15/31 dic.
                                1o. de febrero al 30 ab.

Sesiones Extraordinarias: convocadas por el Ejecutivo Federal o por la comisión permanente.

Inviolabilidad parlamentaria. art. 61. Dieta. art. 64.
GOBIERNO MEXICANO (1a. parte). PODER LEGISLATIVO FEDERAL

a) Poder legislativo. se deposita en dos cámaras una de diputados y la otra de senadores. La ley suprema enmarca diversas facultades: legislativas (proceso legislativo), electorales (cuerpo electoral para elegir presidente interino, provisional o sustituto), de investigación (juicio político).

b) Otras facultades: admitir nuevos estados a la unión federal y para formar nuevos estados. Para cambiar de residencia los poderes de la unión.

GOBIERNO MEXICANO (2a. parte) PODER JUDICIAL FEDERAL

a) Se deposita en S.C.J.N, T.C.C, TU.C, Tribunal Electoral y Juzgados de Distrito.
b) Facultades:
                      S.C.J.N 11 ministros designados por terna. Una terna es un conjunto de tres personas propuestas para que se designe de entre ellas la que haya de desempeñar un cargo o empleo público.
Sesionan en pleno y en salas. Las resoluciones las emiten por voto por mayoría o por unanimidad. Facultades art. 105.

T.C.C 3 magistrados obtienen nombramiento del Consejo de la Judicatura Federal. Facultad principal. Amparo directo.

T.U.C 1magistrado obtiene nombramiento del Consejo de la Judicatura Federal. Facultad principal, Amparo Indirecto.

Juzgado de distrito. 1 juez federal obtiene nombramiento  del Consejo de la Judicatura Federal. Facultad principal. Amparo indirecto.

Tribunal Electoral. Conformada por la sala superior con 7 magistrados y 5 salas regionales con 3 magistrados en cada una. Facultades impugnaciones contra elección de Presidente de la República, diputados y senadores.
CONCEPTOS BÁSICOS

Población.- Conjunto de individuos que habitan un Estado.

Nacionalidad. Vinculo jurídico que une a un individuo con un Estado.

Criterios de atribución de la nacionalidad :
  Originaria. por nacimiento (ius sanguini y ius soli). Art. 30 apartado A
  Derivada. por naturalización (ordinaria o voluntaria, automática y privilegiada). Art. 30 apartado B  

NATURALIZACIÓN
    Procedimiento de atribución de una nacionalidad que no sea la de origen. Institución jurídica en virtud de la cual una persona física adquiere y disfruta de la condición de nacional.

   La nacionalidad mexicana  por naturalización se adquiere por via ordinaria o por vía automatica.

PERDIDA DE NACIONALIDAD. Art. 37 "B" fracciones I y II.

La nacionalidad por nacimiento nunca se pierde. En cambio la adquirida por naturalización se pierde por alguna de las siguientes circunstancias:

a) reservas mentales
b) por proporcionar datos, documentos o declaración falsa.
c) por haber sido expulsado del país.
d) por adquisición de otra nacionalidad
e) por hacerse pasar por extranjero
f) por usar pasaporte extranjero
g) por residir cinco años en el extranjero.

CIUDADANÍA
 Del latin civitas, vinculo jurídico que une a un sujeto con el Estado al cumplir la mayoría de edad y que lo hace ente de derechos y obligaciones.

calidad de ciudadano art. 34
derechos art. 35
obligaciones. art. 36
suspensión. art. 38
pérdida. art. 37 apartado C

GOBIERNO
  Conjunto de poderes públicos a través de los cuales el estado ejerce su función soberana. Monarquía, República y Democracia.


    

                                                                                                                  
TEMA VII. ESTRUCTURA POLÍTICA DEL ESTADO

CONCEPTO DE ESTADO
     Sociedad permanente establecida con un orden jurídico, con un territorio, con un gobierno que tiende a la realización de los valores sociales, individuales, intelectuales y materiales de los individuos que la componen.

FORMAS DE ESTADO: 

ESTADOS UNITARIOS Y CENTRALISTAS.
 Forma centralizada del ejercicio del poder público, dominado por una soberanía absoluta. Hay un solo poder centralizado. Ejemplos: Uniones reales y uniones personales. (véase notas de clase).

ESTADOS COMPLEJOS O COMPUESTOS
     Colectividad divisible en partes internas, merecedoras cada una de ellas de denominados estados independientes, regidos por un ordenamiento jurídico supremo como en el caso de la federación o de la unión de estados independientes y soberanos para lograr un fin común como  la confederación.

SOBERANÍA.- Autodeterminación de la voluntad colectiva de un pueblo. Sus características son Independencia y Supremacía.

TERRITORIO.- Ámbito espacial de validez de las normas jurídicas.

ELEMENTOS MARÍTIMOS: Plataforma continental (200 millas náuticas), Zona económica exclusiva(200 millas náuticas), mar territorial y zona contigua (12 millas náuticas c/u), zócalos submarinos, islas, etc.

ELEMENTOS ACUÁTICOS INTERNOS: Ríos, afluentes, cuencas, lagos, lagunas, manantiales, esteros, cenotes.
VI. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.



CONSTITUCIÓN.- Ordenamiento jurídico supremo que establece la estructura, funciones y límites de un Estado y las relaciones con los gobernados.

Consta de dos partes: Dogmática comprende las llamadas garantías individuales que regulan relaciones entre los gobernados y el Estado. Dichos derechos fundamentales se establecen en los artículos 1 a 29 y se clasifican en cuatro grupos:

Libertad: 2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,24 y 28.
Igualdad: 1,2,4,12 y 13.
Propiedad: 27
Seguridad jurídica: 14-23.

La parte Orgánica. comprende la existencia y estructura del Estado, la forma de gobierno y las funciones de los poderes públicos. (Art.30-136)

ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN

TÍTULOS. Nombre del apartado de una ley.
CAPÍTULOS. División del título de una ley.
SECCIONES. División de uno o varios capítulos.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS.Artículos que establecen reformas, adiciones y modificaciones realizadas a un ordenamiento jurídico.  Contienen el inicio de vigencia de una ley o de una reforma.